Una ley que perjudica a los autores en un ejemplo

Esta es una historia basada en hechos reales:

Hace unos años existía una página web de entre tantas que compartían letras de canciones de un famoso grupo musical. En dicha página que tenía algo de publicidad de Google que apenas daba para pagar parte del alojamiento, los usuarios compartían letras, las comentaban, explicaban qué significaba para ellos esas canciones, recomendaban escuchar otros discos, se organizaban para acudir a conciertos y en definitiva compartían sus opiniones y sensaciones acerca de la actividad de su grupo favorito.

Pero con la ley en la mano, y principalmente a partir de 2006, el compartir esas letras era una presunta vulneración de la famosa ley de propiedad intelectual que supuestamente debe proteger a los artistas; a los creadores e intérpretes.

Un día, ciertas entidades de gestión de derechos colectivos de autor y otra de ejecutantes enviaron una carta redactada por sesudos abogados a los administradores de dicha página web. En ella se exigía a la web que debería cesar sus actividades por presunta infracción de derechos de autor si es que no querían enfrentarse a un caro y complicado juicio que seguramente perderían.

Los administradores, ante esa misiva, tuvieron miedo. No podían permitirse pagar abogados; rápidamente cedieron y tras un breve mensaje avisando del inminente cierre de la página. A los pocos días la cerraron para tristeza y decepción de los usuarios.

¿Cómo creen que se sintieron los usuarios de aquella web? ¿Qué pensaron del grupo al que admiraban? ¿Qué pasó con todos aquellos que iban a ir a conciertos futuros del grupo?

Lo cierto es que la ley sí dice que compartir esas letras puede ser una infracción de los derechos de autor, lo que nos debe hacer reflexionar muy seriamente sobre si esa ley está bien o es un tremendo error el mantenerla en pleno siglo XXI cual rémora de un pasado que no debería volver jamás.

Si una ley tiene mayor costo social que posibles beneficios debe ser cambiada lo antes posible.

En este ejemplo existen dos afectados principales, los fans y los autores e intérpretes; esos a los que la ley debería proteger. En cambio son los intermediarios, absurdos e innecesarios, los que se anotan una supuesta victoria contra temibles «piratas». Esos que se jactan de haber acabado con la terrible amenaza de ¿unos fans de un grupo que comparten la ilusión y la magia, que van a conciertos y que son en última instancia lo más importante para esos grupos que cada día tienen que competir más por captar la atención y fidelizar a los consumidores?

Es curioso que cuando analizamos el nivel de absurdo al que nos enfrentamos observamos que las leyes de derecho de autor, tal y como están redactadas tienen un único resultado final, que es mantener a los intermediarios de modelos de negocio obsoletos, actuando contra los intereses de autores, intérpretes y sobre todo, de la ciudadanía en general.

Desde aquí un aplauso a nuestros políticos, esos a los que incomprensiblemente continuamos votando aunque perpetúan el robo y el expolio de una cultura que nos pertenece a todos por el mantenimiento en la auto-complacencia de la mentira y el abuso de modelos basados en una escasez, la de capacidad de copia y distribución, que ni es ni puede llegar a ser.

Texto por Mario Pena en expresa devolución al dominio público

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